¡Se amplían el cambio de plazo de declaración!
9 Enero 2022Régimen Mype Tributario
31 Julio 2022
- Las Facturas Electrónicas deben incluir los nuevos requisitos de validez en la información sobre la forma de pago ( ya sea al Contado o al Crédito) antes del 31 de diciembre del 2021; ya que el 1 de enero del 2022 entran en vigencia y si los comprobantes no contienen esta información serian rechazados.
Dicha obligación fue dictada por la SUNAT y establecida en la RS SUNAT 193-2020, publicado en enero y que recientemente fue reglamentada por el Decreto Supremo N°239-2021-EF.Por ende, los nuevos datos que los contribuyentes deben registrar cuando emitan sus facturas y notas de crédito la FORMAS DE PAGO: Si es al contado o credito.
- Mediante la RS N° 000150-2021/ SUNAT se aprobó el cambio de plazo de declaración para facturas y notas asociadas:
– A partir del 01 de enero del 2022: El plazo de declaración será 2 días calendarios, computados desde la fecha de emisión del comprobante.
– Entre el 17 y 31 de diciembre del 2021: El plazo de declaración será 3 días calendarios, contando desde el día calendario siguiente a la fecha de emisión del comprobante.