El 7 de noviembre se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia No. 000193-2020-SUNAT, mediante la cual se incluyen cambios a la normativa que regula la emisión electrónica con efecto a partir del 1 de abril del 2021.
Dentro de las modificaciones destaca la reducción del plazo de envío de la factura electrónica (y notas vinculadas), el que varía de 7 días a 1 día calendario. Si no se cumple con el citado plazo de envío, el documento no obtendrá la calidad de factura electrónica, así haya sido entregado al cliente. De esta forma, se busca que el adquirente o usuario que recibe la factura electrónica tenga certeza en un menor plazo de que el documento que se le emitió cumple con las condiciones de emisión.
NUEVO PLAZO DE ENVIO A SUNAT:
1 DIA: Facturas, Notas de credito, Liquidaciones de compra
5 DIAS: Boletas, en caso el envio sea de uno en uno
7 DIAS: Resto de comprobantes, resumenes y comunicaciones